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Adjetivos

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anonimo

  • Visitante
Estoy observando que en muchas ocasiones utilizamos adjetivos para calificar la conducta de algunos vendedores del tipo:"ladrón","ha fumado","loco","chorizo".Simplemente advertir que las demandas por difamacion pública están a la orden del dia y a partir de un problema sobre el que un comprador tiene toda la razon frente al vendedor este tipo de comentarios públicos pueden ser objeto de demandas argumentando daño a la imagen y lucro cesante lo que conlleva en caso de progresar un fuerte desembolso de dinero.

A la hora de hacer según que comentarios tanto en votos de Ebay como en el foro o en cualquier otro foro publico pensad que no estamos en un bar y entre amigotes,sino que las palabras se publican y pueden tener consecuencias graves.

Simplemente y dentro de la libertad que todos tenemos para decir lo que nos plazca avisar de este tema del que frecuentemente nos olvidamos en momentos de enfado

Un saludo

Beltrán

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Supuestamente no estamos solos.

jlsantosg

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Por vía penal veo complicado que prosperase una demanda desde la desregulación legal que sufrió este tipo penal en el 95 por el que solo son perseguibles por vía penal las injurias graves. Así, acciones objetivamente injuriosas, pero realizadas sin ánimo de injuriar, sino de bromear, criticar, narrar, etc., no son delitos de injurias.
Juristas como Vives Antón señalan que "acciones que podrían considerarse injuriosas, pero que tienen una intencionalidad meramente informativa o de crítica constructiva (animus narrandi o criticandi) o en un contexto humorístico o festivo (animus jocandi) no constituyen delito"
Siento la clase de derecho (que tenía bien olvidada por otro lado)
A veces me sale la vena del exjurista que fui, jajajajajajaja

Beltrán

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No lo sientas!!, es un placer José Luis y la toma de datos por lo que dices siempre ayuda.

jlsantosg

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Gracias Beltrán. :D

anonimo

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Hay mucha jurisprudencia al respecto pero yo no descartaría que pudiese progresar por la via del 205 o bien del 208 aunque no creo que nadie en su sano juicio lo llevase por lo penal
Artículo 205.

Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

Artículo 206.

Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.

Artículo 207.

El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado.

Artículo 208.

Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.

Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.

Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

Artículo 209.

Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.

Artículo 210.

El acusado de injuria quedará exento de responsabilidad probando la verdad de las imputaciones cuando éstas se dirijan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos o referidos a la comisión de faltas penales o de infracciones administrativas

jlsantosg

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Por la vía penal, como comenté, dificilillo y en todo caso precisamente el 208 es que sufrió una reforma importante en los cambios del código penal del 95 y es sobre que el que hice el comentario.

KIKU

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Menos mal,ya me veia en "Girona"

jlsantosg

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KIKU dijo:

Menos mal,ya me veia en "Girona"

Pero no tas ya en "Girona"?, jelincuente jajajajaja
Aclaro... A mi que nadie me pida asistencia letrada que hace 19 años que dejé el ejercicio. jaja

ROCK4EVER

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A ver si se aplican el cuento los "casposillos" de la tele, jajaja. Ahi a la más mínima se están poniendo demandas por injuria.....lo que hace el aburrimiento y las pocas ganas de currelar, jaja.

KIKU

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Estan apañaos los jueces con la farandula española................

KIKU

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Beltrán dijo:

Supuestamente no estamos solos.

Esto suena a pelicula de marcianos !!!!!!!

ROCK4EVER

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KIKU dijo:

Esto suena a pelicula de marcianos !!!!!!!

Expediente X....La verdad esta ahi fuera, jajaja

anonimo

  • Visitante
Precisamente los artículos están actualizados(Ley del 95 y modificaciones posteriores),por eso los ponía.Pero vamos que nos salimos,simplemente cuidado con las expresiones y punto el que quiera tenerlo